Antes de empezar: este resultado es una estimación preliminar, automática y
no vinculante, elaborada por GYA a partir de la normativa vigente de la Autoridad del Agua (ADA)
de la Provincia de Buenos Aires. No reemplaza la Declaración Jurada Inicial que debe presentarse ante ADA, y la
calificación definitiva es potestad exclusiva de ese organismo. Las reglas aplicadas surgen de los
Anexos de la Res. ADA RESOC-2025-1746-GDEBA-ADA; podés consultar el texto completo en el
sitio oficial de la Autoridad del Agua.